Hace escasamente un
mes se publicó en el BOE la nueva regulación de las titulaciones
náuticas de recreo: atribuciones y requisitos para la obtención de cada uno de ellos. (RD 875/2014, de 10 de octubre)
Estoy dentro del grupo
de convencidos que era necesario un cambio y actualización de la
norma, especialmente en el aumento de las prácticas, ¿pero tanto?.
Con la entrada en
vigor de esta norma observo con sorpresa que el aumento de atribuciones de la
titulación de PER viene aparejado con una disminución de los
conocimientos exigidos para obtener dicho título.
Antes las
atribuciones eran para el gobierno de embarcaciones de hasta 12
metros de eslora y hasta una distancia máxima de 12 millas de la costa.
Ahora, con el nuevo RD no sólo se duplica la eslora, que pasa a ser
hasta 24 metros, sino que pueden realizar travesías entre el
archipiélago balear y la península. Todo ello acompañado de una
disminución de los conocimientos exigidos que eliminan para calcular
la situación de estima en la carta el estudio del abatimiento y la
deriva causada por las corrientes. El RD indica expresamente: "Rumbo verdadero y rumbo de aguja (en ausencia de
viento y corriente)", y "Situación de estima (en ausencia de viento y
corriente)".
Por otra parte, con
la nueva normativa, un capitán de yate tiene atribuciones para gobernar cualquier buque de recreo (megayates) sin limitación de
eslora, con hasta 12 pasajeros sin contar a la tripulación mínima
de seguridad requerida. Sin embargo, a partir de ahora, esa atribución se concede con una disminución considerable
de los conocimientos exigidos para la obtención del título.
El de Capitán de Yate, hasta donde alcanza mi memoria, siempre
ha sido un título de prestigio. De recreo, efectivamente, pero de
prestigio porque los conocimientos que se requerían para la
obtención del título eran verdaderamente altos y muy exigentes. Aún recuerdo a mi padre, capitán de la marina mercante con mando de buque, luciendo con orgullo el emblema de capitán de yate en su solapa.
Particularmente opino
que quizás el título quede muy “descafeinado”
y pierda el prestigio con el que contaba hasta la publicación de
este RD.
Me pregunto también
si la intención de popularizar y dinamizar la actividad marítima
recreativa (lúdica), junto al fomento de la actividad económica
que ello conlleva, no va a estar finalmente reñida con la seguridad
en la mar.
Iñigo de Samaniego Conrado.
Hola Iñigo
ResponderEliminarEl querer popularizar la náutica de recreo, no debería conllevar una base teórica , que posteriormente hiciera que nos encontráramos sin soluciones a ciertos problemas habituales.
Con unos buenos conocimientos teóricos, tendremos más posibilidades de salir de situaciones reales, de forma más óptima.
Aunque el mejor examen es el que tendremos que efectuar en cualquiera de nuestras salidas o travesías, pero con una base siempre será más fácil encontrar solución.
Siempre he escuchado decir, que es importante conocer nuestra situación de donde estamos, pero más importante es saber la situación, en donde no queremos estar.
Un saludo
Vidal Mestre