Después de tres intentos fallidos
en los últimos quince años, se ha aprobado en la comisión de Justicia del
Congreso de los Diputados con fecha 13 de mayo de 2014 y con los votos del PP y
UPyD, el proyecto de la “Ley general de la navegación marítima”.
Ahora
este proyecto de Ley se remitirá al Senado para continuar su tramitación.
En la exposición de motivos se
indica que España no puede esperar más tiempo para estar al día de la reforma
de la legislación marítima internacional; que no se debe continuar con la
normativa obsoleta de nuestro viejo Código de Comercio y que con la puesta en
vigor de esta norma se espera superar las contradicciones existentes entre los
distintos convenios internacionales vigentes en España y la dispersa normativa
que regula esta materia, cuya columna vertebral está todavía constituida por el
Libro III del Código de Comercio de 1885.
Entre otros aspectos, la norma unifica la legislación sobre
navegación marítima, determina la responsabilidad del armador y del naviero e
incluye medidas para proteger el medioambiente y el patrimonio natural
subacuático. Además, contribuye a la lucha contra la inmigración ilegal
reforzando la responsabilidad de los capitanes del buque en lo relativo a los
polizones.
El
proyecto articula su texto en un Título preliminar y en nueve Títulos con un
total de 597 artículos, cinco disposiciones adicionales, una disposición transitoria,
una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.
El
contenido del proyecto comprende las siguientes materias:
Título
Preliminar. Disposiciones generales.
Título
I. De la ordenación administrativa de la navegación.
Título
II. De los vehículos de la navegación.
Título
III. De los sujetos de la navegación.
Título
IV. De los contratos de utilización del buque.
Título
V. De los contratos auxiliares de la navegación.
Título
VI. De los accidentes de la navegación.
Título
VII. De la limitación de la responsabilidad.
Título
VIII. Del contrato de seguro marítimo.
Título
IX. Normas procesales.
Se
puede obtener información del proyecto (sin incluir las enmiendas admitidas en
la tramitación de su aprobación) en el siguiente enlace:
http://www.congreso.es/public_oficiales/L10/CONG/BOCG/A/BOCG-10-A-73-1.PDF
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